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Roman Duque Corredor: “Necesitamos elecciones limpias”

Conflicto de Poderes

El experimentado miembro de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y exmagistrado de la Corte Suprema recuerda que un tribunal “no puede corregir, ni modificar sentencias ya establecidas” como ha pretendido el TSJ con las sentencias 155 y 156


Myriam Mosquera

La lucha de poderes entre el Tribunal Supremo de Justicia y la Asamblea Nacional nuevamente salta a la palestra pública, generando una “grave alteración jurídica” que ha afectado al orden constitucional del país y ha generado una gran preocupación nacional e internacional.

“El TSJ como el máximo intérprete de la Carta Magna ya no es transparente, ni mantiene responsabilidad jurídica,  más bien propicia la ruptura constitucional en Venezuela, por lo tanto merece su desconocimiento”, afirma Roman Duque Corredor, exmagistrado de la Corte Suprema y profesor universitario.

“Nicolás Maduro le sigue el juego al TSJ, impuesto por él, pero esta vez fueron más allá y se obligó a un ente competente a revisar y corregir una sentencia que ahora no pueden enmendar”, indica el especialista.

Duque Corredor considera que es de tal gravedad la situación jurídica en el país que la propia fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, señaló que hay ruptura constitucional “y obligó al TSJ a corregir algo que no se puede ya enmendar”.

“Hoy en día no hay ni ética, ni nada que se le parezca. Lo que hay en Venezuela es un gran fraude jurídico, estrategia dirigida por Maduro, como autor intelectual, y los magistrados cometiendo delitos”, aseguró.

“Los magistrados de la Sala Constitucional son los autores de la ruptura constitucional”

¿Lo sucedido con las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional es un “impase” o un golpe de Estado?

Las sentencias 155 y 156 son unas sentencias más que forman parte de una estrategia del Estado, lanzada por Nicolás Maduro, para la cual le ha seguido el juego el TSJ, desde la Sala Constitucional, por lo tanto no son hechos aislados. Son situaciones que se concentraron en las cincuenta y tantas sentencias anteriores a partir de diciembre de 2015, mediante las cuales el Gobierno ha ido cercenando las funciones legislativas, de control y de investigación de la Asamblea Nacional.

Pero estas dos sentencias fueron más allá, provocaron las declaraciones de la fiscal general donde señalaba abiertamente la ruptura constitucional. Los magistrados de esta Sala llegaron a establecer, en primer término, que los diputados opositores carecían de inmunidad por estar supuestamente pidiendo un tratado internacional como lo es la Carta Democrática Interamericana. Llegaron al extremo de otorgar a Maduro todas las acciones hasta penales para que pudiera reformar a su medida el Código Penal, el Jurídico, el de Justicia Militar, para que los tribunales militares pudieran juzgar a los civiles. Esto fue tan extremadamente grave, que tuvimos la reacción de la fiscal general que indicó que se había perdido el hilo constitucional.

Por eso vimos a Maduro convocar a un organismo de seguridad, que no es nada competente para conocer detalles de seguridad militar, que luego pidió a la Sala Constitucional que revisara esta sentencia y la corrigiera. Con eso ya no se puede enmendar la plana. Se puso en evidencia que el Ejecutivo dicta las sentencias y los magistrados las ejecutan. El propio Ejecutivo da órdenes y se cumplen, esto es lo que ha sucedido hasta ahora. Ya no se puede hacer ninguna aclaratoria de sentencias, se trata de un hecho gravísimo y delictual. La ruptura del orden constitucional es una falta muy grave del orden democrático.

Maduro, autor intelectual

El trumpista Maduro
“Maduro tiene la intención de impedir que la AN ejerza sus legitimas acciones” ”, dice Duque Corredor.

¿Qué responsabilidades penales tienen los magistrados que firmaron esta sentencia?

Según el orden penal si se va contra el orden republicano es delito de conspiración y conforme al Código Penal, como la ha sido con todas estas más de 50 sentencias, constituyen actos viles que tratan de impedir el ejercicio de un ente institucional como la Asamblea Nacional. Eso es un delito de alta traición. Hay elementos para presumir que los siete magistrados de la Sala Constitucional han incurrido en graves delitos. Además, si ahora quieren enmendar la plana con las sentencias 157 y 158, eso constituye errores graves manifiestos en la propia ley, porque un tribunal no puede corregir, ni modificar sentencias ya establecidas y menos con la actitud de estos magistrados.

Se está escondiendo la verdad y se hacen acusaciones falsas. Establecieron acciones que no les corresponden al querer darle al presidente acciones muy graves contra el país y las leyes. Eso de querer pasar todas las competencias de la Asamblea Nacional a la Sala Constitucional es un gran fraude jurídico, es un delito que amerita la remoción por el Poder Moral de esos magistrados. Ya la AN empezó el procedimiento para continuar con la remoción de los magistrados incursos en delitos. Ahora esto queda en manos del defensor del Pueblo y de la propia fiscal

¿Qué responsabilidad tiene el presidente en el golpe?

Maduro es el autor intelectual de todo esto, eso ya fue calificado en la Asamblea Nacional. Fue el autor de la ruptura constitucional o del golpe de Estado y los magistrados son los autores materiales de estos delitos. Se deriva una responsabilidad del presidente de la República en estos hechos. Habrá que hacer seguimiento a los procedimientos que siguen, porque Maduro tiene la intención de impedir que la AN ejerza sus legitimas acciones.

«Se deriva una responsabilidad del presidente de la República en estos hechos»

¿Qué debe hacer la fiscal general de la República?

Debe investigar a fondo estos hechos tan bochornosos. En sus manos ahora están las sentencias, junto al defensor del Pueblo.

¿Cómo quedó el tema de las empresas básicas a las que se referían las sentencias?

Este punto no fue corregido por la sentencia 158, sino al contrario lo ratifica, lo que evidencia que esta sentencia más que aclarar o eliminar, le niega la posibilidad a la Asamblea Nacional a crear las empresas mixtas, le otorga al presidente o a la Sala Constitucional todo ese poder, de manera que se rompe también el orden constitucional en ese sentido. La Sala Constitucional dice que el presidente puede crear las empresas mixtas, sin autorización de la propia Asamblea Nacional.

¿Qué va a pasar con las otras 56 sentencias que están con la misma tónica desconociendo a la sentencia?

Esas son pruebas de que los magistrados han cometido graves delitos. La Asamblea Nacional está cumpliendo con lo que debe hacer constitucionalmente. La Sala Constitucional dice que está en desacato, pero es la negativa de emitir una orden, como sucedió con los diputados de Amazonas, allí no se cumplió una orden constitucional y la Sala Constitucional es la única que está en desacato por haber anulado fallos el pasado 28 y 29 de marzo, dándole así una patada a la Constitución. Hay actos violatorios contra la propia Constitución. Estas sentencias, todas, lo que han venido a confirmar es que los magistrados de la Sala Constitucional son los autores de la ruptura constitucional.


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Al margen de la Constitución

¿Puede un magistrado revocar su propia sentencia?

«no se puede dictar una sentencia y luego revocarla»

Hay una clara prohibición del artículo 252 del procedimiento civil: no se puede dictar una sentencia y luego revocarla, salvo para corregir errores o para aclarar usos dudosos. Aquí no se trata de estos casos, no se puede ni enmendar, ni pasar por alto las claras declaraciones de la fiscal general: todas estas sentencias se corresponden a una ruptura constitucional. La decisión de un magistrado de corregir una sentencia constituye una vez más graves delitos.

¿Qué opina sobre la irregularidad de que no se conocen cuáles fueron las “rectificaciones”, porque la web del TSJ está caída y nadie ha tenido acceso a esas sentencias?

Ese es otro elemento más de la falta de transparencia con que actúa el TSJ. No hay ética, se le impide al propio pueblo el derecho a la información. El pueblo tiene derecho a saber lo que pasa, pero ocurre que quieren esconder ante la ruptura constitucional con la caída de la pagina web. Tenemos un TSJ que no cumple, que no tiene transparencia, ni ética.

¿Qué debe hacer la Asamblea Nacional ante estas circunstancias?

Está haciendo lo correcto desde enero de 2016. Está ejerciendo las funciones que le dio el pueblo con el voto. Pero tenemos una Sala Constitucional que le anula todas sus actuaciones y leyes promulgadas. Pero ahora la AN está en un procedimiento para anular a esos magistrados que están en constante delito.

¿La Sala Constitucional está al margen de la Constitución y las leyes?

Claro, propició la ruptura del orden constitucional. También porque está constituida por magistrados ilegítimos y porque sus integrantes cometieron un fraude constitucional.

Cambio de Gobierno

¿Cómo cree que debe resolverse el choque institucional en Venezuela, en el que la Asamblea Nacional, electa mediante votación popular, no es reconocida por el Poder Ejecutivo, el TSJ, Poder Ciudadano y Poder Electoral?

La crisis política en Venezuela se resuelve con un cambio de Gobierno. Una transición de poderes. Necesitamos elecciones limpias.

¿La Asamblea Nacional está en desacato como dice el TSJ?

Para poder poner en desacato a una institución como la AN han debido entonces instituir juicios a cada uno de sus integrantes. Dicen que cometieron delitos y que están en desacato sin ninguna razón. En el caso de los diputados de Amazonas, hubo una sentencia previa en la Sala Electoral donde dice, además, que no es ejecutable porque ya había un acto consumado como lo es la proclamación de los diputados.

«Para poder poner en desacato a la AN han debido instituir juicios a cada uno de sus integrante»

¿Puede destituir la AN a los magistrados si se necesitan 2/3 partes de los diputados?

Tiene las 2/3 partes está en una acción legitima. Pero deberá ahora esperar las acciones del Consejo Moral Republicano, como es la responsabilidad de esos magistrados en la falta de ética jurídica. Aunque ya el defensor del Pueblo ha emitido opinión diciendo que se ha respetado la Constitución y que los magistrados no han cometido delitos, debería inhibirse en una nueva opinión, porque ya lo hizo.

¿El pronunciamiento de la fiscal general es suficiente para que la destitución de los magistrados proceda?

Se hizo una denuncia grave, es suficiente para iniciar la investigación penal, así como el procedimiento de remoción de los magistrados.

Ya en otra oportunidad la AN destituyó a los magistrados, pero ellos hicieron caso omiso, alegando que la Asamblea estaba en desacato…

«La AN los puede remover sin el Consejo Republicano»

La Asamblea ya se pronunció de nuevo, lo había hecho con cuatro magistrados anteriormente y con respecto a los otros tres restantes han ratificado que está pedida ya su remoción. La AN los puede remover sin el Consejo Republicano, alegando las graves faltas que han cometido. La AN está cumpliendo su misión, ahora falta el Consejo Republicano.

¿Todos los magistrados del TSJ deben ser destituidos o solo los de la Sala Constitucional?

Lo que está planteado es que en las funciones de los magistrados, tanto los llamados exprés como los de otra Sala, se han cometido delitos. Los de la Sala Constitucional cometieron el delito de ruptura constitucional y los otros magistrados están pendientes desde 2015 como violadores de todas las normas legales. En cualquier momento se puede pedir esta remoción.

¿Deben ser sustituidos los que fueron designados en diciembre del 2015 y en diciembre del 2014?

Son peticiones que no caducan y ya sabemos que hay invalidación en sus actos.

¿La Asamblea Nacional podría designar un nuevo TSJ y un nuevo CNE, dentro del marco de la Constitución?

Sí lo puede hacer. No se pudo lograr ese pedimento porque la Sala Constitucional lo impidió. Son funcionarios transitorios, la AN puede seleccionar nuevos rectores.

Reestructuración del TSJ

«La Sala Constitucional es un gran fraude jurídico», explica el jurista.

¿Qué opina usted de la designación de Maikel Moreno como presidente del TSJ?

Los magistrados deben tener dignidad, equidad, ética. Estas son condiciones que están en la Constitución. Si están condenados por algún delito, no pueden ser elegidos como magistrados. No es un ciudadano reconocido como digno, tiene un prontuario penal encima.

El presidente del TSJ ha amenazado con perseguir judicialmente por vilipendio a quienes han hecho referencia a sus antecedentes penales y a la ficha policial que circula desde hace varios años en diferentes medios de comunicación social. ¿Se difama o se incurre en vilipendio al presidente del TSJ cuando los defensores de los derechos humanos y los periodistas hacen referencia a esos antecedentes penales?

Vilipendio es cuando se falsea un hecho. Si alguien está diciendo que es un condenado penado no está en vilipendio.

¿Es necesario una nueva “refundación” del Poder Judicial en Venezuela? ¿Cómo recobrar la institucionalidad y la autonomía del Poder Judicial, integrado mayoritariamente por jueces provisorios fichas de la “revolución” y sin méritos profesionales?

El paso fundamental es la reestructuración inmediata del TSJ. Hay que renovar los cargos de jueces provisorios y de esa cosa que ahora se llama alta magistratura. Hay que someter a todos a evaluaciones satisfactorias para refundar el Poder Judicial. La justicia debe reformarse, rescatarse y respetar la Constitución ante todo.

«La justicia debe reformarse, rescatarse y respetar la Constitución ante todo»


“Es una dictadura, ya los señaló la fiscal”

¿Cómo lograr que el gobierno de Maduro convoque a elecciones, libere a los presos políticos y abra los canales humanitarios para superar la crisis venezolana?

La única forma es mediante la presión social de los ciudadanos. Y seguir insistiendo con la presión de organismos internacionales.

¿Estamos frente a una dictadura?

Sí lo estamos, porque hay ruptura constitucional. Además hay violaciones de derechos humanos, cercenan el derecho a elecciones y tenemos presos políticos. Ya lo señaló la fiscal general de la República.