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Perdón y reparación #Análisis #JuanJoséMonsantAristimuño

Con la aparición del primer lucero en el firmamento, el viernes 18 de septiembre los judíos dieron inicio a la celebración del Nuevo Año, según el calendario hebreo. El año 5.781 contado a partir del momento de la creación del mundo, según la Torá o, el Pentateuco cristiano (Gn.1,1).

Juan José Monsant Aristimuño

El judaísmo le otorga una connotación de trascendencia al Rosh Hashanah; no es una mera fiesta que celebra el año que termina o el inicio del nuevo, acompañada de trompetitas, pitos, papelillos, champaña y las uvas del tiempo como sucede cada 31 de diciembre.

En la Caracas de antes, muchos hombres vestían esmoquin y las damas traje largo, para recibir el Año Nuevo en los salones del Hotel Tamanaco, del Hotel Avila o los en diferentes clubes privados, con sus respectivas cenas de gala rociadas de champaña, vinos y añejados scotchs. Los estadounidenses tienen como referencia el mítico Times Square, donde los neoyorkinos se congregan para escuchar y repetir al unísono, la cuenta regresiva del último minuto del año para estallar en algarabía colectiva. Y, por supuesto, se encuentra los piadosos que optan por recibir el Año Nuevo en sus respectivos templos de oración.

El hecho es que el Rosh Hashanah, cuya celebración dura dos días, se inicia con una cena y culmina con otra acompañadas por ritos y alimentos muy particulares en su significado, como manzanas, miel, granadas, dátiles, vino kosher, pescados, verduras y pan trenzado (Challah). Es el tiempo para repasar las acciones del año que culmina, reflexionar sobre los errores y faltas cometidas. Inician una etapa de arrepentimiento, que culmina en la fiesta más sagrada del judaísmo: el Yom Kipur o el día de la expiación, del perdón, de la purificación.

Son como los pecados de los católicos, con el imprescindible “dolor de corazón” para ser merecedor del perdón divino; no solo es el arrepentimiento sino la penitencia, la necesaria reparación del daño causado

Para los musulmanes, el arrepentimiento seguido de la intención de no repetir la falta cometida es la única vía para obtener el perdón de Alá, y si el daño es causado a un tercero, debe (en lo posible) ser reparado.

Bajo estos antecedentes que involucran diferentes cultura, no solo valores occidentales, es válido preguntarse si bastaría el arrepentimiento sin pena, de quienes han sido violadores masivos de derechos humanos  (incluyo los crímenes contra la naturaleza) en Venezuela para otorgarle el perdón social y reincorporarlos a la actividad pública o privada, compartida con quienes fueron sus victimas, sin haber, a lo menos reconocido su falta, y reparado el daño causado.

                                                               jjmonsant@gmail.com

EL AUTOR es abogado egresado de la Universidad Central de Venezuela, especializado en asuntos y relaciones internacionales. Exembajador de Venezuela en El Salvador.